Descripción
Impuesto anual por permiso de circulación con que están gravados los Vehículos que usan gas como combustible que transitan por las calles, caminos y vías públicas en general.
Requisitos
Todo vehículo que use gas natural comprimido o gas licuado de petróleo, debe pagar el impuesto establecido en la ley 18.502 del 03-04-1986 y la 20.052 que modifica la ley anterior. El artículo 5º de esta norma señala “No podrá renovarse el permiso de circulación de los vehículos señalados en el articulo 1º mientras no se acredite el pago total del impuesto correspondiente al año anterior. Para cumplir con lo anterior se solicitará al contribuyente una certificación del servicio de tesorerías. Es decir, el contribuyente deberá concurrir al municipio con la certificación de la Tesorería General o Regional de la República, adjuntando este al comprobante de pago del permiso junto con el resto de la documentación exigida.
Documentos
– Permiso de Circulación año anterior.
– Seguro obligatorio respectivo.
Días de Atención
Lunes a Viernes
Horario Atención
de 9:00 a 14:00 horas

Dirección: O Higgins 774  Oficinas 1204 – 1205
Fonos: 45 2 400603 – 45 2 400610
email: pcirculacion@municipalidadpucon.cl