Estimado contribuyente de acuerdo al D.L. 3.063, la Municipalidad está facultada para cobrar directamente el derecho de aseo, por el servicio de recolección y disposición de residuos domiciliarios que presta a Ud. y a toda la comunidad.
¿QUIÉNES PAGAN DERECHOS DE ASEO DOMICILIARIO?
Cancelan derecho de aseo todas aquellas viviendas cuyo monto de avalúo fiscal sobrepase las 225 UTM.
¿A QUIÉN LE CORRESPONDE PAGAR LOS DERECHOS DE ASEO DE UNA PROPIEDAD?
El derecho de aseo será pagado por el dueño o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.
¿AL COMPRAR UNA PROPIEDAD QUE NO PAGA CONTRIBUCIONES, DÓNDE CONSULTO SI ADEUDA ASEO DOMICILIARIO?
En la Dirección de Aseo Ornato y medio Ambiente de la Municipalidad, ya que de existir deuda, esta será traspasada al nombre del nuevo propietario.
¿CUÁNTO PAGARÉ?
Fíjese el valor de derechos de aseo residencial año 2017 en $ 48.400 anual, y para el comercio establecido un valor de $ 82.800 anual. Se establece que anualmente, se realizará un reajuste del 5%, en el valor de los derechos de aseo residencial y comercial
Las cuotas deberán ser canceladas en las fechas de vencimiento que a continuación se detallan:
1° Cuota en el mes de MAYO
2° Cuota en el mes de JULIO
3° Cuota en el mes de SEPTIEMBRE
4° Cuota en el mes de NOVIEMBRE
En dependencias de la Oficina DAOMA (Dirección de Aseo, ornato y Medio Ambiente), donde deberá indicar ROL de la propiedad, Nombre, RUT y Dirección de quien lo solicita. Este certificado tiene un cobro de 0,035 UTM.
La puede realizar presencial en la oficina de DAOMA o por vía correo electrónico, indicando el ROL de la propiedad y RUT del propietario.
Correo electrónico: aseo@municipalidadpucon.cl
Lo puede hacer vía presencial o vía Página Web.
Presencial: En la oficina de DAOMA, debe traer el ROL de la propiedad y conocer el RUT del propietario.
Página WEB: Debe ingresar a www.municipalidadpucon.cl, dirigirse a PAGOS ONLINE, y pinchar en link DERECHOS DE ASEO, para realizar el pago debe conocer el ROL de la propiedad y RUT del propietario.
Quienes deseen efectuar extracción de sus RSD, escombros y ramas, para depositarlas en el vertedero municipal, podrán hacerlo sin tener que pagar derecho alguno, previo registro y permiso en la oficina de la Dirección de aseo, ornato y Medio Ambiente en los siguientes horarios: 08.00 hrs – 14:00 hrs.
Dicha exención operará para volúmenes inferiores a 2 m3, por una sola vez semestralmente y respecto de personas naturales, esta exención operará por unidad territorial (ROL). Todo aquel que sobre pase los 2m3 deberá cancelar los valores estipulados en el art 23 N°4 de la Ordenanza Municipal. Escombros: 0,25 UTM; Ramas: 0,10 UTM.
La documentación solicitada es: Padrón del Vehículo, Nombre y Rut del chofer. Las Empresas Constructoras y/o similares que presten o realizan dicho servicio deberán depositar sus residuos en escombreras autorizadas por servicio de salud.
Horario Vertedero: Lunes a Viernes desde las 08:30 hrs hasta las 16:00 hrs.
Debe ingresar una solicitud por escrita a la oficina de partes de la municipalidad con CC a la DAOMA, indicando la especie que se va intervenir (TIPO DE ARBOL), lugar donde se encuentra y el motivo de la corta del árbol, esta solicitud será derivada al concejo municipal, previo informe y terreno de profesionales de la DAOMA, el Honorable Concejo Municipal es quien define la corta del árbol. (Según Ordenanza Municipal de Gestión y protección Ambiental).
Debe ingresar solicitud por escrita a oficina de partes de la municipalidad, con CC a la DAOMA, indicando el lugar donde se encuentra el árbol, número de contacto, se identificará si corresponde la poda al MUNICIPIO o a otro ORGANISMO, Si el árbol sobre pasa los cables del tendido eléctrico la compañía general de electricidad será quien debe realizar la PODA, por lo que la solicitud debe ser ingresada a esta compañía.
En primer lugar, se debe llenar la ficha de denuncia Ambiental, disponible en la página WEB municipal, Oficina de Partes, Unidad Ambiental e Inspección municipal. Una vez completada la ficha, esta debe entregarse de forma presencial en cualquiera de las siguientes:
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- Oficina de Partes
- Unidad Ambiental
- Inspección Municipal
En segundo lugar, se puede realizar la denuncia vía e-mail enviando la ficha de denuncia completada al correo uambientalpucon@gmail.com, esta será derivada según corresponda, para esta alternativa se solicita adjuntar de ser posible imágenes (fotografías, videos) y/o documentos, que permitan comprobar la denuncia.
Una vez recibida la denuncia, la Unidad de Ambiental determina si procede o no, previa inspección en terreno para verificar lo denunciado, existiendo dos posibilidades:
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- Si la denuncia no procede se da respuesta por escrito, telefónicamente o e-mail, señalando porque no procede.
- Si la denuncia procede, una vez realizada la inspección se puede ejecutar un parte con denuncia al Juzgado de Policía Local, o en caso de no tener competencia el funcionario municipal, se notificará al servicio público competente responsable de realizar las acciones de fiscalización y sanción.
En ambos casos, la Unidad de Medio Ambiente dará una respuesta al denunciante, dejando registro en la misma ficha de denuncia ambiental.
SE ANEXA FICHA DE DENUNCIA AQUÍ
La municipalidad durante el año realiza 2 campañas de reciclaje en el Mes de MAYO y en el mes de NOVIEMBRE, puede informarse vía redes sociales, radio, periódico o directamente en las oficinas de la DAOMA, en los meses correspondientes.
La solicitud de operativos de escombros o ramas se debe realizar por medio de una solicitud por escrito ingresada a la oficina de partes con CC a la DAOMA o a través de su junta de vecinos. Una vez ingresada la solicitud se calendarizará y luego se informará el día y la hora del operativo en su sector por medio de la directiva de la JJVV y a través de la página Web de la municipalidad.
El ingreso de solicitudes se realiza desde el mes de Febrero hasta Mayo, la ejecución de los operativos son los mes de ABRIL a AGOSTO.
Se debe ingresar una solicitud a la Dirección de Obras Municipales, si la escombrera es solo material de relleno (Rocas, tierra y Material TCN), para los demás tipo de escombreras TIPO 1 y TIPO II, se anexa protocolo AQUÍ.