La Unidad de mantención vial de caminos depende de la Administración Municipal. Contacto: administracion@municipalidadpucon.cl, encargado Sr. Ruben Zapata, móvil: 977645887.
La mantención de caminos (rurales y rutas internacionales) enrolados por el MOP le compete a la dirección provincial de Vialidad.
Los caminos en comento los puede revisar en mapa del link: http://www.mapas.mop.cl/cc2016/baja/viii-ix.jpg
Los formularios de trámites a realizar en al DOM, los puede descargar en el siguiente link: http://www.minvu.cl/opensite_20070307184543.aspx
Los certificados se pueden solicitar a través de correo a las siguientes direcciones adjuntando el formato correspondiente con los datos que se solicitan: obras@municipaliddapucon.cl, hvictoriano@municipalidadpucon.cl
Es necesario señalar que aún no contamos con pago online de los derechos de emisión del certificado, por lo tanto, deberá efectuarlo en forma presencial o a través de un tercero. Los derechos según tipo de certificado son:
Certificado de Número, informaciones previas, ruralidad, zonificación y otros. | 0,10 UTM |
Certificado condiciones iniciales urbanización | 0,5 UTM |
Certificados especiales (experiencia profesional, antenas, concesiones marítimas) | 0,50 UTM |
Costo envío de documentos y/o notificaciones varios | 0,05 UTM |
Certificado de instalación antenas | 10 UTM |
La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General. (Art.116° LGUC)
Las construcciones emplazadas en área rural, salvo aquellas necesarias para la explotación agrícola del inmueble y la vivienda unifamiliar (no colectiva) requerirán previamente de la tramitación y aprobación de Informe Factibilidad de construcción, el cual deberá gestionarse por el interesado en las oficinas de la Secretaria Regional Ministerial de Agricultura. Contacto Sra. Nancy Koning, fono: 45 2298149.
Una vez cumplido lo anterior, deberá reunir en una carpeta los requisitos para ingresar solicitud de Permiso de edificación, que están descritos en el artículo 5.1.6 de la OGUC. La versión actualizada tanto de la LGUC, OGUC y de los formularios de solicitud se encuentran disponibles en el sitio web del MINVU www.minvu.cl
Los formularios relacionados con este trámite los puede descargar desde este link:
http://www.minvu.cl/opensite_20070307184543.aspx
Una vez completado los pasos anteriores, y al momento de ingresar una Solicitud de aprobación de anteproyecto o de permiso, deberá consignar un monto no superior al 10% del valor del derecho municipal a cancelar conforme al artículo 130 de la LGUC. Dicho monto se descontará al momento del pago del permiso. (art.126 LGUC).
Para mayores detalles se sugiere que el profesional competente que preste la asesoría revise las disposiciones vigentes en la OGUC.
La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General. (Art.116° LGUC)
Las construcciones emplazadas en área Urbana, requieren previamente solicitar el Certificado de informaciones Previas (CIP) para conocer y aplicar las condiciones de edificación y urbanización aprobadas en el Plan Regulador Comunal vigente, que se permiten en la zona donde se emplaza el predio.
Los requisitos para ingresar solicitud de Permiso de edificación, están descritos en el artículo 5.1.6 de la OGUC. La versión actualizada tanto de la LGUC, OGUC y de los formularios de solicitud se encuentran disponibles en el sitio web del MINVU www.minvu.cl
Los formularios relacionados con este trámite los puede descargar desde este link:
http://www.minvu.cl/opensite_20070307184543.aspx
Una vez completado los pasos anteriores, y al momento de ingresar una Solicitud de aprobación de anteproyecto o de permiso, deberá consignar un monto no superior al 10% del valor del derecho municipal a cancelar conforme al artículo 130 de la LGUC. Dicho monto se descontará al momento del pago del permiso. (art.126 LGUC).
Para mayores detalles se sugiere que el profesional competente que preste la asesoría revise las disposiciones vigentes en la OGUC.
LGUC : Ley general de urbanismo y construcciones
OGUC : Ordenanza general de urbanismo y construcciones
MINVU : Ministerio de Vivienda y Urbanismo
MOP : Ministerio de Obras Públicas
SERVIU : Servicio de Vivienda y Urbanismo
FAQ : Frequently Asked Questions (Preguntas frecuentes)
- Plataforma DOM Digital para acceder a realizar trámites en línea de la Dirección de Obras “pucon.domdigital.cl“